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Revista Filipina, Segunda Etapa. Revista semestral de lengua y literatura hispanofilipina.
Invierno 2013–Primavera 2014, Vol. 1, N
úm. 2

ÁRTICULOS Y NOTAS
PDF: Alcoy-Donoso
PDF: Invierno 2013 – Primavera 2014


Creación del municipio de Alcoy en Filipinas

ISAAC DONOSO
Universidad de Alicante


I.  ALCOY EN EL CONTEXTO DE LA TOPONIMIA HISPÁNICA FILIPINA

Junto a la naturalización del español como lengua filipina, su influencia en las diferentes lenguas de la familia malayo-polinesia del Archipiélago Filipino, y la creación de un pidgin y un criollo, la influencia lingüística del español se manifiesta también de forma general en la antroponimia y la toponimia de Filipinas1. Son numerosos los accidentes geográficos, barrios y ciudades que tienen nombre en español, o que adoptan su nombre de un topónimo español2. Éste es el caso del municipio de Alcoy en la isla de Cebú, que toma su nombre de la ciudad alicantina homónima.
      Alcoy fue una de las principales localidades españolas durante el siglo XIX y mediados del XX, al ser uno de los centros meridionales de la Península en desarrollar una revolución industrial. Recibió el título de ciudad por Isabel II en 1844, y sufrió todas las transformaciones sociales propias de una sociedad industrial: burguesía, clases obreras, huelgas, sindicalismo, inmigración y desarrollo urbano acelerado. Alcoy llegó a ser a finales del siglo XIX la ciudad valenciana más relevante, sólo por detrás de la capital Valencia, y una de las ciudades con mayor demografía. Actualmente cuenta con unos 60.000 habitantes, representando el municipio español 125 por número de habitantes
3.

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     Por su parte, la localidad de Alcoy en la isla de Cebú tiene la consideración de municipalidad, compuesta por siete barangayes (Atabay, Daan-Lungsod, Guiwang, Nug-as, Pasol, Pugalo y San Agustín) y un núcleo urbano con centro en Población. Posee los principales yacimientos filipinos de dolomita, aunque tradicionalmente la economía se ha basado en la agricultura y la pesca. Actualmente Alcoy atrae a numerosos turistas tanto nacionales como internacionales por sus espléndidas playas, iniciándose un incipiente desarrollo de complejos turísticos y resorts. La localidad cuenta con unas 15.000 personas, dispersas entre los diferentes barangayes4.
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Parte meridional de la isla de Cebú

       No aparece ninguna localidad cebuana con el nombre de Alcoy en el Diccionario de Bravo y Buzeta de 1850,5 ni en el Manual del viajero en Filipinas de 1875,6 lo que nos da ya un terminus post quem. Tampoco aparecen en la sucesión de topónimos para la provincia de Cebú los de Cáceres y Santander, emparejando estos tres nombres en el desarrollo municipal del sur cebuano. El terminus ante quem lo encontramos en Enrique Abella, quien señala en su Descripción: “pero no debe olvidarse que en la vertiente opuesta existe la zona del pueblo de Alcoy, comprendida entre los ríos Dalaguete y Lamuño”. De este modo podemos delimitar las fechas de 1875 a 1886 como el periodo comprendido en el cual se crea la localidad de Alcoy en la isla de Cebú.

____________
 Cf. Isaac Donoso (ed.), Historia cultural de la lengua española en Filipinas: ayer y hoy, Madrid, Verbum, 2012.
 Véase estudio de la toponimia hispánica filipina en Antonio Quilis y Celia Casado-Fresnillo, La lengua española en Filipinas. Historia. Situación actual. El chabacano. Antología de textos, Madrid, CSIC, 2008, pp. 533-552. Una lista de municipios filipinos que toman el nombre de localidades españolas puede verse en AA. VV., Rizal y la crisis del 98, Madrid, Parteluz, 1997, pp. 118-130.
 Cf. Rogelio Sanchís Llorens, Alcoy, tu pueblo, Alcoy, Monte de Piedad y Caja de Ahorros; 1976; Julio Berenguer Barceló, Historia de Alcoy, Alcoy, Llorens, 1977; y Josep Lluís Santonja y Josep Maria Segura (coord.), Historia de Alcoy, Alcoy, Marfil, 2006.
 Existe muy poca bibliografía sobre el Alcoy cebuano, formada prácticamente por informes técnicos en torno al medio rural y marino de su área. No hemos encontrado referencias de cariz histórico-social. Es de destacar sin embargo la curiosidad que la Universidad de San Carlos de Cebú cuente con el Sermón pronunciado en la parroquia Iglesia de Santa María de Alcoy en 1 de Enero de 1883, Ciudadela, 1897, por el famoso obispo valenciano Salvador Castellote y Pinazo.
 Manuel Buzeta y Felipe Bravo, Diccionario Geográfico, Estadístico, Histórico de las Islas Filipinas, dedicado a S.M. el Rey, Madrid, Imprenta de D. José C. de la Peña, 1850, vol. 1, pp. 546-549.
 Ramón González Fernández, Manual del viajero en Filipinas, Manila, Establecimiento Tipográfico de Santo Tomás, 1875, p. 421.
 Enrique Abella y Casariego, Rápida descripción física, geológica y minera de la isla de Cebú (Archipiélago filipino), Madrid, Imprenta y Fundición de Manuel Tello, 1886, p. 87.


II.  ERECCIÓN DE ALCOY, SANTANDER Y CÁCERES EN LA ISLA DE CEBÚ

En efecto, en la sección «Erección de pueblos» del Archivo Nacional de Filipinas existe un expediente de cuarenta páginas en el que se recogen los documentos constitutivos de la creación de los pueblos de Alcoy, Santander y Cáceres. Según se menciona, el origen del expediente es una petición por parte de cuatro principales del área afectada solicitando la creación de tres nuevos pueblos, en julio de 1861. Pero el expediente no empieza a evaluarse hasta muchos años después. Será en 1866 cuando Felipe Zappino (quien desarrolló varias funciones administrativas en estos años) empiece a tramitar la solicitud del Gobierno de las Islas Visayas para la creación de tres pueblos:

Sección de Gobno.

Reg.º Gral. N.º 1471.
Yd. de la Sección 1026

Objeto del expediente

       Sobre erección en pueblo y parroquia los barrios de Mambaje y Pardo del pueblo de Boljoon en el distrito de Cebú, promovido por cuatro principales de dichos barrios en Julio de 1861.

Extracto

       Solicitada la segregación de que se trata según instancia que obra por cabeza del expediente fue informada por el Gobernador de aquel distrito juzgando conveniente formar un pueblo y parroquia de la visita de Tañón perteneciente a pueblo de Oslob y de la San Sebastián a Baco correspondiente al de Samboán; otro de la visita de Yvisan pueblo de Boljoon, oponiéndose a la segregación del barrio del Pardo y de Mambaje del indicado Boljoon, según se pedía en dicha solicitud.
       Pedidos antecedentes y un croquis del terreno volvió el expediente al Gobierno de Visayas hasta Agosto de 1862, el cual se pasó a informe del Ylustrísimo Señor Obispo que a su vez juzgó oportuno reclamársele a los RR. PP. Curas Párrocos, manifestando creía conveniente y necesaria la erección de pueblo y parroquia de las dos visitas del Tañón y San Sebastián, atendidas las distancias de sus matrices, y aun la del Pardo que en concepto de aquel Gobierno Civil sería un perjuicio para Botjoon; ampliado el expediente con este motivo y el de segregar también de Boljoon la visita de Yvisan y unirla a Oslob, e informando el Gobierno del distrito, dice ser conveniente y necesaria la indicada división y el Excelentísimo e Ylustrísimo Señor Obispo previos informes de los RR. PP. Párrocos de Boljoon y Dalaguete emite de nuevo el suyo insistiendo en la conveniencia de la erección y segregación.
       Un teniente y dos principales de la visita de Yvisan solicitaron en 15 de Octubre de 1863 segregarse de Boljoon y constituir pueblo con parroquia independiente. Informado el Gobernador dice que constando la visita de 468 tributos reducidos en aquella fecha a 457 de naturales y 211exceptuado de tribunal por causas legítimas, distante 4350 brazas de su matriz y teniendo edificios provisionales de yglesia, casa parroquial, tribunal y escuela, opina porque se conceda lo que piden, y lo mismo con respecto a pueblo, el Excelentísimo e Ylustrísimo Sr. Obispo por falta de tributos para sostener al párroco; acordándose reunir este incidente al expediente primero.
       En su vista se propone la creación de los pueblos y parroquias siguientes:
       1.º Pueblo con el nombre de Alcoy, compuesto de la visita de Mambaje y su barrio Coruña distante de 3400 brazas de su matriz el pueblo Boljoon y de los barrios de la visita de Chacel llamado Pasol, Pugalo y mitad del de Obong, distante de su matriz Dalaguete más de 3000 brazas; desde dichos barrios a Mambaje hay sobre 2700 brazas; en la parte central, terreno de Chacel, en donde deberán levantarse los edificios públicos. Mambaje y Coruña tienen hoy 370½ tributos y los barrios que se toman de la visita de Chacel 251 total 621½ tributos, y como es de necesidad de la erección de parroquia, solicitándose de S. M. si fuese necesario deberá abonarse de los fondos del Estado al R. P. C. Párroco la diferencia de lo que percibirá por el número de tributos existentes a lo que le correspondería hasta 1000.
       2.º Otro pueblo con el nombre de Santander […]
       3.º Otro pueblo con el nombre de Cáceres […]
       Los edificios públicos de dichos pueblos que tengan que levantarse de nueva planta, por no servir los que tienen, deberán ser de arigues, tabiques pampangos y zinc o teja reposados de piedra en su parte baja porque son económicos y más apropiados para los temblores.
       Con las segregaciones propuestas quedarán los antiguos pueblos del siguiente modo:
       Sambuan, segregado de la visita de San Sebastián, queda con 1508 tributos que dan suficiente dotación para el R. C. Párroco. Oslob, quitándole el Tañón, queda con 943 tributos y debería abonársele, hasta completar 1000 la diferencia que le resulte […]

       En 4 de Mayo último se acordó remitir el expediente al Sr. Provincial de San Agustín para que se sirviera informar, lo que efectúa en 7 de Agosto pasado manifestando con muy fundadas razones y reconociendo peso de las expuestas y alegadas en el expediente, que no es conveniente lo que se solicita ni ventajoso para la administración y administrados, siendo por el contrario embarazoso para el porvenir para la única y beneficiosa división que está indicando la topografía de la provincia y que por lo tanto no debe hacerse alteración alguna en las visitas de que se trata. Que se debe esperar a que las poblaciones de ellas aumenten y entonces crear los pueblos de Santander y Alcoy, no donde se proponen, sino aquél en la visita del Tañón, y éste en la de Mambaje, dividiéndola de Yvisan en Boljoon y Oslob por los motivos que deja expuestos, y por último que si se cree que las visitas del Tañón, Yvisan y Mambaje están distantes de sus matrices para la buena administración espiritual, esto se puede remediar con que el Diocesano conceda a los párrocos de Oslob y Boljoon sus matrices, un coadjutor a cada uno, aprovechándose dichos párrocos de los coadjutores para la referida administración con residencia fija en aquella o en las matrices según la época y circunstancias a su prudente juicio, acudiéndose este modo, y convenientemente a la administración espiritual de dichos pequeños grupos de población, salvándose las dificultades que para erigirles en pueblos y parroquias haya en la actualidad; y con respecto a éstos últimos se cumple por lo dispuesto por S. M. sobre no dividir ni crear parroquias nuevas a menos que exista una imperiosa necesidad, de que no aparece según prueba en su extenso informe.
       Por último dice en él, el R. P. Provincial de San Agustín, respecto a la creación de parroquias, que apareciendo en las que se proyectan insuficiencia de recursos, por lo que se pide al Vice-patrono aumentos en la dotación no sólo de los párrocos sino hasta de las matrices, por no ser bastante el número de tributos y no poder subsistir con la congruaque les queda, deja manifestado sobradamente que no es posible la creación de dichas parroquias, inconveniente a los intereses del Tesoro.
       El Gobierno Superior Civil por decreto de 25 del pasado pide informe al Consejo de administración teniendo en cuenta al evacuarle la R. Orden de 2 de Junio último, en cuya secretaría se recibió este expediente en el día de ayer.


       Manila, 6 de Septiembre de 1866
       Felipe Zappino.

       En julio de 1861 se solicita por parte de cuatro principales locales la constitución en pueblo con parroquia del barrio de Mambaje, perteneciente a la localidad de Boljoon. Después de recavar información topográfica sobre el terreno y la población, en agosto de 1862 se remitió el expediente al Obispo de Cebú, quien se apoya para emitir juicio en la opinión de los misioneros de la zona. El 15 de octubre de 1863 un teniente y dos principales solicitan segregar la visita de Yvisan de Boljoon. Dado el visto bueno del Obispo, se propone la creación de tres pueblos con los nombres de Alcoy, Santander y Cáceres. Sin embargo, el Provincial de los Agustinos no opina del mismo modo que sus misioneros, y se opone a la segregación el 7 de agosto de 1866. Por todo lo cual, desde el Gobierno Superior Civil se pide al Consejo de Administración informe sobre la viabilidad de la fundación de los tres municipios.
       Lo que queda claro es que previamente a la erección de estos tres pueblos, los nombres de Alcoy, Santander y Cáceres no se encontraban presentes en la toponimia de la región, y sí otra serie de nombres que acabarán conformando los barrios y barangayes de los nuevos ayuntamientos. Para el caso de Alcoy, la visita de Mambaje y su barrio Coruña, previamente pertenecientes al pueblo de Boljoon, y la visita de Chacel llamado Pasol, Pugalo y la mitad del de Obong, pertenecientes a Dalaguete. No se encuentra el nombre de Alcoy por ningún lado con antelación a la constitución del expediente, ni en fuentes primarias ni en secundarias. Se colige consiguientemente que los tres nombres surgen ex novo con el fin de denominar, con localidades de relieve españolas, los tres nuevos municipios. Alcoy era una ciudad de extraordinaria importancia en el siglo XIX español, y su elección para denominar la creación de un nuevo ayuntamiento debe responder a esta categoría. En efecto, el bautismo parece provenir desde la administración, desde la redacción del expediente, y no de algún alcoyano de origen, clerical o civil, que pasara o se encontrara en la región, como demuestra además la elección de Santander y Cáceres, también sin noticias previas.
       Durante este periodo se suceden rápidamente diferentes figuras en la gestión del Gobierno General de Filipinas, hasta la llegada de José de la Gándara Navarro (1820-85), quien ejercerá de Gobernador desde noviembre de 1866 hasta junio de 1869. Será con este Gobernador cuando finalmente se resuelva el estancamiento en el que se había convertido la creación de los tres pueblos, una burocracia de informes y expedientes que en este caso se demoró más de un lustro. Sobre todo el principal escollo fue la posición del Obispado, primero partícipe de llevar a cabo las segregaciones, y posteriormente con reservas en cuanto a la división parroquial. De la Gándara vuelve a insistir al Consejo para emitir dictamen teniendo en cuenta la posición del Obispado en torno a la segregación parroquial de los tres pueblos con respecto a sus matrices. Y la respuesta del Consejo es la siguiente:
      En cumplimiento de lo acordado por unanimidad por la Sección de Gobierno, se somete a la deliberación del Consejo pleno el siguiente proyecto de consulta:

       Exmo. Sor.
       Ha visto el Consejo el expediente adjunto que trata de la erección de tres pueblos, con sus respectivas parroquias en el distrito de Cebú; uno con el nombre de Alcoy y formado de las visitas de Mambaje y su barrio Coruña pertenecientes al pueblo de Boljoon y de los barrios Pasol, Pugalo y mitad del de Obong, que tienen su matriz en Dalaguete; otro que se llamaría Santander compuesto de la visita de Tañón, correspondiente a Oslob y de la de San Sebastián del pueblo de Samboán; y otro por fin con el nombre de Cáceres, que lo habría de constituir la visita de Yvisan segregándola de su actual matriz Boljoon.
       […]
       En resumen, el Consejo cree que es conveniente y puede autorizarse la creación de los pueblos mencionados, y negarse la de sus respectivas parroquias.
       Manila, 19 de Diciembre de 1866.
       El Consejo señala que se puede autorizar la creación de los tres pueblos dada la lejanía entre administración y administrados, y la entidad suficiente de las visitas para constituirse en municipios. Sin embargo, y apelando a la Real Orden de 2 de junio de 1866, por la que sólo se pueden crear parroquias cuando la necesidad sea imperiosa, se desaconseja la segregación espiritual. De ahí que los nuevos municipios deberían de seguir siendo atendidos espiritualmente por los párrocos de Boljoon, Dalaguete, Oslob o Samboán.
       Llegados a este punto, y con los informes del Obispado y el Consejo, es el momento en el que el Gobernador General debe anunciar la creación por decreto de las tres nuevas localidades, lo que se produce el 14 de febrero de 1867:
       Excmo. Sor.
       De conformidad con lo informado por ese consejo de administración pleno en expediente de su cuenta, he decretado con fecha de hoy la creación de los pueblos de Alcoy, Santander y Cáceres, con jurisdicción civil en el Distrito de Cebú, Gobierno Político Militar de Visayas, desestimando su erección con parroquia por carecer de las circunstancias que para ello requiere la Real Orden de 2 de Junio del año último.

       Lo que tengo el honor de participar a V. E. para su conocimiento y efecto oportuno.
       Dios que a V. E. muchos años. Manila 14 de Febrero de 1867.

       J. de la Gándara.
___________
  “Expediente sobre la creación de los pueblos de Alcoy, Santander y Cáceres”, Archivo Nacional de Filipinas, Manila: Erección de Pueblos (Cebú), SDS 13987 [1796-1897], Exp. 42, S- 764/805.
  Ibid., S-767-772.
10  El origen de la toponimia siempre es proclive a la fantasía, y así podemos encontrar relatos tan curiosos como el que aparece en la Wikipedia: “It is named after Alcoi which is a city of Spain. When Spaniards came to the place during the Spanish era, some of them said that the place remind them of Alcoi, Spain, having a green and lushes environment and the simplicity of the place and the inhabitants. From then on, the place was called Alcoy (native slang of Alcoi)”, en “Alcoy, Cebú”, Wikipedia, inglés, <http://en.wikipedia.org/wiki/Alcoy,_Cebu>. El desavisado redactor dio categoría de native slang al nombre en valenciano, lo que hubiera causado gran congoja en los gabinetes de normalización lingüística alcoyanos, en el contexto de la polémica de los últimos años en torno a la escritura del topónimo. Cf. Rafael Moya Jover, Alcoy-Alcoi, 25 años de i latina: el desarraigo de un topónimo, Alcoy, [s.n.], 2011.
11  “Expediente sobre la creación de los pueblos de Alcoy, Santander y Cáceres”, Erección de Pueblos (Cebú), SDS 13987 [1796-1897], Exp. 42, S- 778/779.


III.  PRIMEROS AÑOS DEL PUEBLO DE ALCOY DE CEBÚ

Sin embargo el periplo no se cerrará con los decretos oficiales de creación de las tres localidades. La puesta en funcionamiento de los nuevos pueblos generará nuevos problemas y una compleja logística, tanto en la construcción de edificios públicos como en la financiación de los nuevos cargos, arrastrando además la posición adversa del Obispado a la segregación parroquial. De ahí que De la Gándara vuelva a solicitar un informe al consejo:

       Exmo. Sor.
       Tengo el honor de remitir a V. E el expediente instruido para erigir un pueblo que se denominó de “Alcoy”, otro que tuvo por nombre “Santander”, y un tercero que se conoce con el de “Cáceres”, todos en el Distrito de Cebú; a fin de que con vistas de las observaciones y reclamaciones que intenta el R. Obispo de aquella Diócesis en vista de la jurisdicción espiritual dada a dichos tres pueblos se sirve encargar a ese Consejo emita nuevo informe en el expresado expediente.

       Dios que a V. E. m. a. g.
       Manila 4 de Septiembre de 1867.

       J. de la Gándara.

       Y el Consejo emitirá informe de forma inmediata, en los términos siguientes:

       Sección de Gobierno

       Reg.º Gral. N.º 1471.
       Yd. de la Sección 1026 =Cont.=165

       Este expediente que ha sido iniciado para la creación de tres pueblos con sus correspondientes parroquias en el Distrito de Cebú, fue informado por este Consejo en 22 de Diciembre del año anterior, manifestando el Exmo. Sr. Gobernador Superior, no haber inconveniente para que se autorizase la segregación en nuevos pueblos con el nombre de Alcoy de las visitas Mambaje, y sus barrios Coruña, pertenecientes al pueblo de Boljoon, y de los barrios Pasol, Pugalo y mitad del de Obong, que tiene su matriz en Dalaguete; otro que se llamaría Santander, compuesto de las visitas de Tañón y correspondiente a Oslob y de la de San Sebastián del pueblo de Samboán; y otro por fin con el nombre de Cáceres, que lo habría de constituir las visitas de Yvisan, segregándola de su actual matriz Boljoon; con tal que fuese dispuesto el amojonamiento previo de los términos respectivos, y cumpliéndose todas las demás formalidades que requieren para estos casos la legislación vigente, no siendo de la misma opinión en la creación de parroquias, porque sólo a casos de mucha urgencia es dado la concesión de ellas con arreglo a lo dispuesto en Real Orden de 2 de Junio de 1866, opinando por lo tanto, no debe autorizarse por ahora la segregación en lo eclesiástico de las visitas mencionadas.
       Aprobado por el Superior Gobierno lo opinado por este Consejo, fue decretado se erigiesen en pueblo las repetidas visitas y barrios y en los términos ya indicados por esta Corporación; pero el Ylustrísimo Prelado de Cebú dice al Gobierno Superior en 2 de Mayo del corriente año no estar conforme en cuento a lo espiritual, porque deberán permanecer en el mismo estado que antes, para no constituir a las almas en pero situación que lo que actualmente están.
       Que la visita de Tañón dista de su matriz Oslob cuatro leguas, y lo mismo dista de Samboán, entre el Tañón y Samboán, hallándose a igual distancia la visita San Sebastián (o) Bato que pertenece a Samboán, del que dista dos leguas, y de Oslob seis, y no pueden obligarse a los fieles de dicha visita a que dependan en lo espiritual de la parroquia de Oslob, porque el distar seis leguas sería lo mismo que dejarlos enteramente abandonados.
       Que tampoco puede agregarse el Tañón a Samboán separándolo de Oslob, porque Samboán por sí solo cuenta con más de mil tributos, donde el Cura Párroco debe residir casi siempre por las necesidades que con frecuencia deben ocurrir en un pueblo de tanta importancia. Que al contrario, el pueblo de Oslob por sí solo, no es de tanta consideración, y siempre podía cuidar el Cura Párroco algún tanto, aunque no lo hacía ni medianamente, si se considera que dista cuatro leguas de la matriz, ocurriendo casi lo mismo por los barrios, que segregados de Dalaguete y agregados a Mambaje y Coruña han de formar el pueblo de Alcoy.
      Que han de ofrecer muchas dificultades el que parte de un pueblo pertenezca a una parroquia y parte del mismo a otra, porque debiendo los Curas párrocos intervenir en poner vistos buenos y otros asuntos, siendo dos los que cuidan en lo espiritual, es necesario ha de producir disgustos no sabiendo el gobernadorcillo con quién se ha de entender.
      Que para la formación del padrón parroquial es otro inconveniente, no siendo menor para que cada cura conozca los términos de su jurisdicción, habiendo muchas veces motivo para dudar del valor de los sacramentos por vivir cada cual dentro de su pueblo donde mejor le convenga, empadronándose en la cabecera que le acomode aunque el cabeza viva distante del sitio de la casa, que no habiendo linderos que separe a San Sebastián del Tañón, como antes lo había, necesariamente ha de resultar confusión, y no pudiendo consentir el M. R. Sor. Obispo que el barrio de San Sebastián (o) Bato dependa en lo espiritual del de Oslob por las razones manifestadas así como los barrios de Dalaguete no pueden segregarse en lo espiritual de éste mientras el nuevo pueblo de Alcoy no se erija en parroquia, sería conveniente si S. M. así lo estimase, que se volviese a examinar por el Consejo de Administración con presencia de su repetido oficio de 2 de Mayo último, los dos expedientes que versan sobre erigir en parroquia los dos mencionados nuevos pueblos de Alcoy y Cáceres, por considerarlo imperiosa su erección.

       Manila, 16 de Septiembre de 1867.
       Hernando Munio14.

      Desde nuestra perspectiva actual, resultan peregrinas las alegaciones del Obispado, señalando que dos curas han de crear conflicto en la comunidad, y el gobernadorcillo no sabrá con quién encararse. Es decir, se señala implícitamente el poder del cura, no sólo en lo espiritual, sino también en lo político. El cura tenía poder en la comunidad, y la existencia de dos curas, en lugar de velar con mayor sentido por la administración de sacramentos y oficios, es perjuicio para el Obispado al poner en evidencia el conflicto de intereses entre dos párrocos. En resumen, lo que se desprende del documento es la voluntad de la administración civil por desarrollar nuevas infraestructuras, municipalismo y poder mejorar el sistema de gobernación, mientras la Iglesia prefiere menor intervención del Estado, y mayor dispersión de las parroquias para que los párrocos puedan mejor gobernar sobre sus parroquianos sin la intervención civil.
      Las tensiones entre la administración española y los estamentos eclesial y clerical en Filipinas se producen a lo largo de todo el periodo colonial español en el archipiélago, y se agudizan a finales del siglo XIX, cuando España ya había experimentado varias revoluciones anticlericales y liberales. En tal sentido, la creación del pueblo de Alcoy se enmarca en este contexto y demuestra las trabas impuestas desde el Obispado y la orden de San Agustín por desarrollar nuevos estamentos civiles, e intervenir en la segregación de parroquias. Como demuestra claro el Obispado, no interesa la creación de nuevos pueblos, “porque el distar seis leguas sería lo mismo que dejarlos enteramente abandonados”, cuando precisamente lo que se busca es lo contrario
15.
      A pesar de estos obstáculos, se dio orden de comenzar a preparar un presupuesto para la puesta en funcionamiento de los tres nuevos municipios, y se hizo una tabla demostrativa de los gastos que cada uno conllevaría, fechada el 20 de noviembre de 1867. Para el caso de Alcoy, el desglose es el siguiente:
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      En total, el presupuesto inicial necesario para cargos administrativos y gastos de mantenimiento serían de 231 escudos y 7.500 diezmilésimas16, similar para cada uno de los tres pueblos. Consecuentemente, lo que se hace es solicitar la confección de la partida presupuestaria, pidiendo el Gobernador General la autorización a la Dirección General de Administración Local:
Excmo. Sor.

      El Gobernador Político y Militar del Distrito de Cebú eleva consulta a este Centro con fecha 20 de Noviembre pasado solicitando la concesión de crédito complementario sobre el actual presupuesto para satisfacer las obligaciones anexas a los nuevos pueblos de Alcoy, Santander y Cáceres desde 1.º de Julio último, ascendentes en total a la suma de 695 escudos 2.500 diezmilésimas.


Notas

      Siendo las que se trata atenciones desconocidas cuando se formaron los presupuestos corrientes no pudieron como fácilmente se comprende, ser incluidas en los mismos. La necesidad y justicia con que se reclaman es probada, y en los infinitos casos análogos que se han presentado, la resolución ha sido siempre favorable como sujeta a una misma jurisprudencia.
      La Contaduría de estos ramos, que ha emitido informe, ha manifestado su conformidad a las sumas que se solicitan.
      El tal virtud, el que tiene el honor de suscribir se atreve a proponer a V. E. la concesión de los créditos supletorios correspondientes, por valor de los dichos seiscientos noventa y cinco escudos dos mil quinientas diezmilésimas, en esta forma:


Presupuesto municipal de gastos

      Capítulo 1.º Tribunales = Artículo 1.º Personal = Uno ascendente a doscientos ochenta y ocho escudos por los sueldos de los tres Gobernadorcillos de Alcoy, Santander y Cáceres, y los tres escribientes primeros de los mismo, al respecto de cuarenta y ocho escudos anuales cada uno de ellos.
      Capítulo 1.º Idem = Artículo 2.º Material = Otro de ciento diez y nuevo escudos, dos mil quinientas diezmilésimas, por los gastos de material de aquellos tribunales, a razón de treinta y nueve escudos siete mil quinientas diezmilésimas cada una.


Presupuesto provincial de gastos

      Uno al Capítulo 4.º Enseñanza pública = Artículo 3.º = Personal de escuelas = Por valor de doscientos ochenta y ocho escudos que importan los haberes de los tres maestros de niños y tres maestras de niñas, para los dichos pueblos, a cuarenta y ocho escudos anuales cada uno de ellos.

      Con el otorgamiento de estas cantidades, podrán pues costearse justa y debidamente las atenciones de los tres pueblos de referencia, en la época del presupuesto que hoy rige, y como quiere que los ya indicados sean gastos permanentes, puede V. E. asimismo servirse ordenar la inclusión de los mismos en los presupuestos que se están redactando para el ejercicio venidero de 68 a 69 y sucesivos.
      V. E. no obstante, resolverá lo más acertado.
      Dios que a V. E. muchos años guarde.
      Manila, 17 de Diciembre de 1867.

      Excmo. Sor.
      José Codevilla17.

      Del texto anterior se desprenden muchas noticias. La más llamativa de todas es no sólo la existencia de tribunales (ayuntamientos), y los cargos tradicionales de gobernadorcillo, directorcillo y escribano, sino también como pilar fundamental del municipalismo decimonónico la figura del maestro de escuela. La necesidad de escuelas públicas nada más fundarse los municipios es una evidencia en estos presupuestos. Y no sólo ello, sino que los maestros son quienes reciben mayor sueldo. Esto es, el gasto más importante de los municipios corresponderá al mantenimiento de los maestros, uno de niños (48 escudos) y otro de niñas (idem). Gobernadorcillo y directorcillo recibirán la misma cantidad, 48 escudos. Consecuentemente, la fundación de estos tres pueblos lo que nos revela es la importancia de la educación en la política española en Filipinas, y el conflicto que ello supondría con las redes tradicionales de control poblacional, eclesial y misional. Esto es, en lugar de maestros de escuela en nuevos municipios para llevar la educación a lugares más remotos, el Obispado pretendía seguir con la distribución parroquial y el control del cura frente a sus feligreses, frente al gobernadorcillo. El maestro de escuela representaba a todos los niveles una amenaza para la autoridad del cura18.
      A la postre, Alcoy se fundó y comenzó se singladura como municipio cebuano, aunque tardaría todavía unos años en ser reconocido, como demuestra su ausencia del Manual del viajero en Filipinas de 1875. Alcoy también tendría al final parroquia propia, la de Santa Rosa de Lima, erigida en enero del año 1890, como escrito en piedra se indica a la entrada de la misma.
      En resumen, la fundación de Alcoy de Cebú revela los problemas entre la Iglesia y el Estado en la Filipinas decimonónica, las trabas burocráticas del estamento eclesial, que demoraban las acciones administrativas del Estado, y la voluntad civil de llevar la educación a todos los rincones del archipiélago. Los nuevos municipios cebuanos tomaron su nombre de localidades españolas de relieve, cuya toponimia se encontraba ausente en la región. Para el caso de Alcoy, una de las selectas entidades españolas con título de “ciudad”, éste fue el momento en que su nombre se honró para bautizar un nuevo municipio en la otra parte del mundo, siendo una hermandad de origen que hasta el presente no se ha transformado en hermandad entre ambas localidades.

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Escudos de Alcoy de Alicante y Alcoy de Cebú


__________
12  Ibid., S. 780-781.
13  Ibid., S-764/765.
14  Ibid., S.782-785.
15  Cf. Marta M. Manchado López, Conflictos Iglesia-Estado en el Extremo Oriente Ibérico Filipinas (1767-1787), Murcia, Universidad de Murcia, 1994; y sobre todo la reciente y sobresaliente obra de Roberto Blanco, Entre frailes y clérigos: las claves de la cuestión clerical en Filipinas (1776-1872), Madrid, CSIC, 2012.
16  “Expediente sobre la creación de los pueblos de Alcoy, Santander y Cáceres”, Erección de Pueblos (Cebú), SDS 13987 [1796-1897], Exp. 42, S- 793.
17  Ibid., S-803-805.
18  Sobre la historia de la educación durante el siglo XIX en Filipinas véanse: Juan Sánchez y García O.P., Sinopsis histórica documentada de la Universidad de Santo Tomás de Manila, Manila, Universidad de Santo Tomás, 1928; Encarnación Alzona, A History of Education in the Philippines. 1565-1930, Manila, Universidad de Filipinas, 1932; Evergisto Bazaco, O.P., Historia documentada del Real Colegio de San Juan de Letrán, Manila, Universidad de Santo Tomás, 1933; Alberto Santamaría, O. P., Estudios históricos de la Universidad de Santo Tomás de Manila, Manila, Universidad de Santo Tomás, 1938; Evergisto Bazaco, O.P., History of Education in the Philippines, Manila, Universidad de Santo Tomás, 1939. Específicamente sobre la educación primaria véanse: Daniel Grifol y Aliaga, La instrucción primaria en Filipinas: Compilación de lo legislado sobre este ramo, Manila, Tipolitografía de Chofré y compa., 1894; Henry Frederick Fox, “Primary Education in the Philippines, 1565-1863”, en Philippine Studies, Quezon City, Ateneo de Manila, 1965, vol. 13, núm. 2, pp. 207-231.



APÉNDICE DOCUMENTAL:

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Gobernador General de Filipinas José de la Gándara sobre la fundación de Alcoy, Santander y
Cáceres en el Distrito de Cebú, 14 de febrero de 1867.
[Erección de Pueblos (Cebú), SDS 13987 [1796-1897], Exp. 42, S-781r]

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[Erección de Pueblos (Cebú), SDS 13987 [1796-1897], Exp. 42, S-781v

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“Estado demostrativo de los gastos ordinarios de Alcoy, Nueva Cáceres y Santander”
[Erección de Pueblos (Cebú), SDS 13987 [1796-1897], Exp. 42, S-793]

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Detalle de las características del pueblo de Alcoy en el informe de Felipe Zappino,
6 de septiembre de 1866.
[Erección de Pueblos (Cebú), SDS 13987 [1796-1897], Exp. 42, S-768v]

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“Incidente relativo a la autorización de crédito por valor de 695 escudos 2.500 dm.
para satisfacer las obligaciones a los pueblos de Alcoy, Santander y Cáceres”
[Erección de Pueblos (Cebú), SDS 13987 [1796-1897], Exp. 42, S-802]

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Bienvenida del municipio de Alcoy de Cebú
[Foto de José María Fons Guardiola]

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Casa de empeños de Alcoy de Cebú
[Foto de José María Fons Guardiola]